INSTANCIAS DE LA SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E IDEOLÓGICOS (PPT PARAGUANÁ)

En pro de una gestión verdaderamente democrática, flexible e innovadora, la Secretaría de Asuntos Políticos e Ideológicos del PPT Paraguaná, estará conformada por:

  1. CONSEJO POLÍTICO/IDEOLÓGICO: Es el órgano superior de la secretaría; en ella: se diseñarán las estrategias a emplear para hacer llevar el mensaje a las comunidades y a la militancia del partido / se compilarán y desarrollarán los temas a ser debatidos en la Escuela de Cuadros “Alfredo Maneiro”/ es donde se planificará la agenda de las actividades de la secretaría / en su seno se someterá a consideración y votación de la plenaria cualquier asunto que represente un punto de vista no consensuado / fungirá como comité disciplinario de la secretaría (sancionando a cualquier miembro del equipo que incurra en negligencia o cualquier actitud que atente contra el buen funcionamiento de la secretaría) / aprobará y/o modificará los procedimientos, formatos, planes y estatutos asociados al funcionamiento de la secretaría.
  2. SECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS E IDEOLÓGICOS: Es sobre quien recae la conducción de la secretaría, por tal razón, será su iniciativa la que tenga más peso. Como líder está obligado, desde el punto de vista moral, a asumir públicamente la responsabilidad absoluta por los desaciertos de la secretaría, puesto que indiferentemente de quien sea el causante directo de tal “desliz”, el secretario es el responsable de la actuación de los integrantes de su equipo al no ser capaz de tomar una decisión correctiva a tiempo que evitara tal situación. En cuanto a los aciertos que la secretaría ostente, el secretario lo asumirá públicamente como logros de su equipo, y no de él, ya que es el equipo que lo acompaña, quien con su trabajo se hace merecedor de la gloria; salvo aquellas tareas que el secretario asuma a título personal. En virtud de lo antes señalado, el secretario tendrá la autoridad para prescindir (momentáneamente) de algún miembro del equipo por considerarlo una amenaza para el desempeño de la secretaría; y será el Consejo  Político/Ideológico el encargado de avalar la condición temporal de la medida, o de darle carácter de expulsión permanente, pero en ningún caso podrá dejar sin efecto la decisión inicial.
  3. SUBSECRETARIO DE ASUNTOS POLÍTICOS E IDEOLÓGICOS: Es el corresponsable de la gestión del secretario, razón por la cual velará por asistir oportunamente al secretario en sus funciones. Podrá ejercer como secretario encargado, previa autorización del secretario titular, o por causas especiales. Cualquier otra función que la secretaría le encomiende.
  4. DELEGADO POLÍTICO/IDEOLÓGICO: Es aquel miembro facultado para representar a la secretaría, en su condición de “delegado”, cuando así se le encomiende. Será un ente vinculante entre la secretaría y las jefaturas parroquiales a las cuales sea asignado. Hará seguimiento a la labor de los activadores (político/ideológico). Apoyará a la secretaría en labores de investigación.
  5. ACTIVADOR POLÍTICO/IDEOLÓGICO: Serán el elemento que más se vinculará a las comunidades, ya que será quien hará llegarles el mensaje (emitido por la secretaría). Apoyará a los delegados (político/ideológico) en sus funciones. Cada jefe de parroquia deberá remitir a la Secretaría de Asuntos Políticos e Ideológicos, el personal que aspira convertirse en un activador político/ideológico, para que reciba la formación requerida para ejercer sus funciones.